Autorización Ambiental Integrada IPPC

El Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales , relativa a la prevención y al control integrado de la contaminación, establece medidas para evitar, o al menos reducir, las emisiones de las actividades industriales altamente contaminantes en la atmósfera, el agua y el suelo, incluidos los residuos para alcanzar un nivel elevado de protección del medio ambiente considerado en su conjunto.

La Directiva se traspone al sistema jurídico español a través de la Ley 5/2013 de 11 de junio que modifica y consolida la Ley 16/2002 de 1 de Julio o Ley IPPC. La Ley 16/2002 afecta a todas las instalaciones industriales cuya actividad esté recogida en su Anexo 1.

Esta Ley introduce un nuevo concepto de autorización ambiental, la Autorización Ambiental Integrada (AAI), una herramienta de gestión administrativa que simplifica los trámites de inicio de la actividad industrial, integrando en una misma autorización las autorizaciones sectoriales de medio ambiente que las empresas tenían que solicitar por separado:

  • Autorización de producción y gestión de residuos
  • Autorización de vertidos a las aguas continentales
  • Autorización de vertidos desde tierra al mar
  • Otras exigencias contenidas en la legislación sectorial aplicables a distintos sectores industriales.

La AAI es un único permiso escrito en el que se fijan las condiciones ambientales que se exigirán para la explotación de las instalaciones y, entre otros aspectos, se especifican los valores límite de emisión de sustancias contaminantes, que se basarán en las mejores técnicas disponibles y tomando en consideración las características técnicas de la instalación, su implantación geográfica y las condiciones locales del medio ambiente.

Desde nuestra empresa gestionamos la tramitación de todas las licencias necesarias para la obtención de la Autorización Ambiental Integrada en las distintas Comunidades Autónomas y elaboramos los estudios complementarios correspondientes.
Contenido de la solicitud:

  • Impreso oficial de solicitud .
  • Proyecto básico.
  • Informe de compatibilidad urbanística del Ayuntamiento.
  • Documentación exigida por la legislación de aguas para la autorización de vertidos a aguas continentales intercomunitarias y por la legislación de costas para la autorización de vertidos de tierra a mar.
  • Documentación acreditativa del cumplimiento de otros requisitos establecidos en la legislación sectorial aplicable.
  • Cualquier otra documentación e información que se determine en la normativa aplicable.
  • Resumen no técnico.
  • Determinación de datos que gocen de confidencialidad de acuerdo con las disposiciones vigentes en la materia.
  • En caso de que la instalación esté a su vez sometida al tramite de prevención ambiental, el estudio de impacto ambiental o, en su caso, la documentación exigible para la obtención del informe ambiental.

AAI integra:

Ley 10/1998: Producción y gestión de residuos

RD 1088/1992: Incineración de residuos municipales

RD 1217/1997: Incineración de residuos peligrosos

RD-L 1/2001: Vertidos a aguas continentales en cuencas intracomunitarias. La autorización de vertido en cuencas intercomunitarias no se deroga, sino que se integra en la AAI

Ley 22/1988: Vertidos a dominio público marítimo terrestre

Ley 38/1972: Autorizaciones e informes vinculantes en materia de contaminación atmosférica

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